¿Acabas de tener a tu bebé y todavía no sabes cómo funciona el tema del permiso de lactancia?, ¿sabes qué es la lactancia acumulada y cómo puedes beneficiarte de este derecho que tienen ambos progenitores? Te contamos qué es, cómo acogerse, cómo solicitarlo y cómo hacer los cálculos para saber qué horas y días te corresponden.
Voy a hablar de:
Qué es el permiso de lactancia acumulada
Probablemente el permiso de lactancia acumulada es uno de los derechos laborales que más dudas provoca entre las madres y padres trabajadoras de nuestro de nuestro país. Tener un bebé cuando se está trabajando no es tarea fácil, sobre todo al terminarse los permisos de maternidad y paternidad.
Las noches sin dormir y las jornadas de trabajo empiezan a pasar factura, y tanto la negociación laboral como el dominio del sacaleches se convierten en habilidades imprescindibles.
En 2019 ha entrado en vigor una reforma de los derechos para la conciliación de la vida laboral y familiar, así que vamos a explicar un poco cómo está la situación.
Supongo que todas tenemos claro en qué consiste el permiso de lactancia, pero por si acaso vamos a refrescarlo rápidamente.
Es un derecho individual, por lo que pueden disfrutarlo los dos progenitores; y retributivo, por lo que el salario no se verá afectado mientras dure. Eso sí, solo puede disfrutarse en caso de estar trabajando y no se puede ceder para que el otro padre lo disfrute por el total.
¿Cómo acogerse?
Hay tres formas de acogerse a este derecho:
- Entrar media hora más tarde o salir media hora antes del trabajo
- Disponer de una pausa de una hora (o dos pausas de media hora) durante la jornada laboral
- Juntar todas esas horas y convertirlas en días.
Esta tercera opción es a lo que nos referimos cuando hablamos de lactancia acumulada.
Si bien es la opción preferida por la mayoría de mamás y papás, hay ciertos detalles que hay que tener en cuenta para que la burocracia no nos arruine la lactancia.
Lo primero que tienes que saber es que solo puedes disfrutar de la lactancia acumulada si tu convenio colectivo así lo recoge o si llegas a un acuerdo con la empresa. No olvides revisar siempre tu convenio porque puede que contenga más ventajas que la Ley General.
Cómo solicitarla paso a paso
Tienes que comunicar a la empresa la solicitud del permiso de lactancia 15 días antes de tu reincorporación al puesto de trabajo, además en el caso que nos ocupa (también si quieres pedir la reducción de jornada) hay que dejar bien claro que optamos por la lactancia acumulada.
También es importante que en esa misma solicitud indiques el día que empieza y termina el permiso.
Para evitar disgustos y sustos innecesarios lo ideal es hacer la solicitud por escrito, y ya si consigues que te la devuelvan sellada, mejor que mejor. Toda precaución es poca en estos casos.
No olvides que en ningún caso la empresa puede limitarte este derecho ni la forma en que decidas disfrutarlo. En caso de que tuvieses algún tipo de problema o si la empresa intentase denegártelo, no dudes en acudir a tu sindicato o un abogado laboralista, porque tienes 20 días hábiles para demandarla.
Modelo solicitud
Atención, esto es muy importante.
Cuando realices la solicitud para el permiso de lactancia acumulada no olvides incluir en el escrito la siguiente información: tus datos personales, el nombre de la empresa, el nombre y cargo de a quien dirijas la solicitud, el tipo de permiso que quieres disfrutar (lactancia acumulada, en este caso), la legislación que lo regula y los días de inicio y final del permiso.
Te dejamos un par de modelos de solicitud para que los uses o te sirvan de ejemplo.
Este modelo serviría en caso de que lo solicites acogiéndote al convenio colectivo.
Y este otro modelo de solicitud si lo acuerdas con el empresario.
Recuerda consultar tu convenio antes de hacer la solicitud por si tuviese mejores ventajas que con la Ley.
Cálculo lactancia acumulada
¿Va quedándote todo claro? Perfecto, porque vamos con la madre de todas las cuestiones… cómo calcular la lactancia acumulada.
Algunos convenios colectivos ya especifican los días de lactancia acumulada a los que el trabajador tiene derecho, pero si no tienes esa suerte no te queda otra que ponerte a hacer cuentas. Te explicamos cómo a continuación:
- Coge todos los días laborables (sin festivos ni vacaciones) que hay desde tu reincorporación al trabajo hasta el día anterior a que tú bebé cumpla los 9 meses.
- Cuenta una hora por cada día y conviértelas en días según la jornada laboral que hagas (generalmente 8 si trabajas a jornada completa, pero puede variar).
Listo, ya sabes los días de lactancia acumulada que te pertenecen.
Te ponemos un ejemplo con números concretos a continuación para que te quede más claro:
- Imagina que pasan 103 días laborables desde que termina la baja por maternidad hasta que tu bebé cumple los 9 meses.
- Convertimos esos 103 días que hemos contado en horas y las dividimos entre el número de horas que tenga tu jornada laboral (generalmente 8). 103/8= 12.
- El resultado de esa división son los días que te pertenecen para la lactancia acumulada, es este caso pues 12.
Lo más fácil para no equivocarse es echar mano de un calendario en el que tengas marcados los días festivos y los que nos trabajas, y ponerte a contar de uno en uno
¿Se cogen días laborales o naturales?
Como es lógico (y según la jurisprudencia al respecto) los días que se toman para calcular la lactancia acumulada son días laborales.
Igualmente son días laborables los que hay que coger para saber la duración del permiso y el día que se te acabaría.
¿Y en el caso de los funcionarios?
(Por favor, revisa este apartado por que por más vueltas que doy al Estatuto Básico del Empleado Público, y leo y releo el artículo y las interpretaciones no logro aclararme) Sorry.
Para empezar, si perteneces al funcionariado el tiempo para poder disfrutar del permiso de lactancia se extiende hasta los 12 meses del bebé (en lugar de los 9), aunque sigue siendo intransferible.
Además, según el artículo 48, solo se puede disfrutar el permiso en modalidad de lactancia acumulada cuando haya finalizado el permiso por nacimiento del progenitor que no sea la madre biológica, o una vez que haya transcurrido un tiempo igual que el de dicho permiso desde el nacimiento del bebé.
Calculadoras lactancia acumulada
Si no logras aclararte y dudas de si estás haciendo los cálculos correctamente, puedes buscar alguna calculadora de lactancia acumulada en internet y quedarte más tranquila.
Lactancia acumulada y excedencia
Probablemente esta sea una de las partes más enrevesadas, polémicas y difícil de resolver de todo el asunto. De hecho, entre los profesionales en legislación hay dos interpretaciones al respecto de si son compatibles la lactancia acumulada y la excedencia.
La primera es que no porque se entiende que no hay prestación de servicios a la empresa durante los días de lactancia acumulada, por lo que no se tendría derecho a la excedencia.
Otra interpretación de la ley dice que sí, pero ojo, porque puede acarrearte repercusiones económicas. Si has disfrutado del permiso de lactancia acumulada y después solicitas la excedencia es posible que te la concedan, pero más tarde te pidan que devuelvas la cantidad percibida durante ese tiempo.
Esto se debe a que podrían considerar que el período de lactancia no se considera tiempo de trabajo efectivo, ya que no estabas en tu puesto de trabajo.
Puede no pasar nada, y que disfrutes de ambos derechos sin consecuencias, por ejemplo, si tu convenio así lo recoge. Yo lo tengo claro: lo mejor para no tener problemas es revisar bien tu convenio y acudir a un profesional experto en el tema de la lactancia acumulada para que te ayude.
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